Derecho de familia

La Constitución señala que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y esta idea la repite la ley de matrimonio civil. En doctrina (conjunto de opiniones vertidas por expertos en ciencias jurídicas) se señala que familia es: el conjunto de personas unidas por vínculo matrimonial, por acuerdo de unión civil o por parentesco. Entonces, Derecho de Familia sería el estatuto jurídico que regula las relaciones de las personas que se encuentran unidas por vínculo matrimonial, por acuerdo de unión civil o por parentesco.

Nuestra especialidad

Divorcio

Divorcio mutuo acuerdo: Aquel que se hace de común acuerdo entre los cónyuges y que requiere un plazo de cese de convivencia de un año.

Divorcio unilateral: Aquel divorcio en el que no hay acuerdo entre los cónyuges, requiere que se encuentren separados a lo menos de hace 3 años.

Relación directa y regular, (visitas): Derecho que tiene el hijo a compartir con el padre o madre que no vive con él.

Demandas y cuidados

Demanda por alimentos: El derecho a solicitar un monto para la mantención, educación y crianza del hijo.

Cuidado personal, tuición: Corresponde al cuidado, crianza y educación del hijo que se encuentra a cargo de uno o ambos padres. En caso que no exista acuerdo, el cuidado personal lo tendrá aquel padre que vive con el hijo.

Reclamación e impugnación de paternidad: Acciones de filiación que buscan determinar la paternidad o maternidad en relación al hijo.

Medidas de protección

Violencia intrafamiliar: Conjunto de actos que constituye maltrato habitual mediante hechos graves y reiterados hacia una persona que puede ser cónyuge, conviviente, pareja, hijo, y otros familiares directos que determine la ley.

Medidas de protección: Aquella que tiene por objeto que se aplique una medida con el objeto de poner fin a una amenaza o vulneración de derechos hacia el niño o adolescente.

Declaración de bien familiar

Declaración de bien familiar: Medida que tiene por objeto impedir la venta de un inmueble de propiedad del cónyuge. Tiene derecho a solicitarla el cónyuge no propietario por ser la propiedad la residencia principal de la familia.

Autorización de salidas del país a menores: En el caso de que uno de los padres que no viaja con el hijo hacia el extranjero no de su autorización, se puede pedir a un tribunal la autorización para salir del país.

Compensación económica: En el caso de que uno de los padres que no viaja con el hijo hacia el extranjero no de su autorización, se puede pedir a un tribunal la autorización para salir del país.

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